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Cómo se logra el perdón total de las deudas en la Segunda Oportunidad

El perdón total de deudas en la Segunda Oportunidad se logra cumpliendo requisitos de buena fe (no actuación fraudulenta), insolvencia actual (no puedes pagar regularmente), tener más de un acreedor, y no haber sido condenado por delitos socioeconómicos ni sancionado muy gravemente por infracciones tributarias en los 10 años anteriores. Con la normativa actual puedes cancelar hasta el 100% de deudas privadas (créditos, préstamos, tarjetas). Para deudas públicas, el límite legal es de 10.000€ con Hacienda y 10.000€ con Seguridad Social, pero tras la Sentencia 264/2026 del Tribunal Supremo (febrero 2026), el límite se calcula individual por cada acreedor público (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos, DGT), permitiendo cancelar mucha más deuda pública. En Iuris Solventia analizamos tu caso

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Errores frecuentes cuando se evalúa la viabilidad de la Segunda Oportunidad

Los errores frecuentes cuando se evalúa la viabilidad de la Segunda Oportunidad incluyen: 1) Posponer durante demasiado tiempo la decisión de acudir a la ley, esperando a acumular deuda insostenible hasta que acreedores inicia embargos; 2) Documentación incompleta o desactualizada (omitir facturas, balances, contratos), generando desconfianza y archivo del procedimiento; 3) Ocultar bienes o activos relevantes (inmuebles familiares), perdiendo protección patrimonial y exoneración de deudas; 4) Acumular deuda nueva antes de solicitar, actitudes tipificadas como mala fe; 5) No verificar antecedentes penales (delitos socioeconómicos en 10 años anteriores); 6) No intentar el acuerdo extrajudicial de pagos antes del concurso, privando al juez de confirmar buena fe; 7) No consultar abogado especializado, siendo clave en rechazos. En Iuris Solventia valoramos tu caso: consulta gratuita.