Entender la Ley de Segunda Oportunidad sin tecnicismos

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal para que personas físicas (particulares o autónomos) en situación de insolvencia puedan obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) y aliviar sus deudas dentro de unos límites. No es un perdón automático: requiere cumplir requisitos como buena fe, insolvencia real y más de un acreedor. Pueden exonerarse deudas con bancos, tarjetas, préstamos y proveedores, mientras que Hacienda y Seguridad Social tienen límite de 10.000€ por organismo. Existen dos vías: liquidación de patrimonio o plan de pagos (3-5 años). La vivienda puede conservarse en algunos casos con plan de pagos. En Iuris Solventia te explicamos tu caso: consulta gratuita.

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Cómo se logra el perdón total de las deudas en la Segunda Oportunidad

El perdón total de deudas en la Segunda Oportunidad se logra cumpliendo requisitos de buena fe (no actuación fraudulenta), insolvencia actual (no puedes pagar regularmente), tener más de un acreedor, y no haber sido condenado por delitos socioeconómicos ni sancionado muy gravemente por infracciones tributarias en los 10 años anteriores. Con la normativa actual puedes cancelar hasta el 100% de deudas privadas (créditos, préstamos, tarjetas). Para deudas públicas, el límite legal es de 10.000€ con Hacienda y 10.000€ con Seguridad Social, pero tras la Sentencia 264/2026 del Tribunal Supremo (febrero 2026), el límite se calcula individual por cada acreedor público (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamientos, DGT), permitiendo cancelar mucha más deuda pública. En Iuris Solventia analizamos tu caso